Funciones de la Dirección General de Educación Secundaria Técnica (DGEST)


1. Organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar los servicios de educación secundaria técnica en la Ciudad de México, de conformidad con las disposiciones legales, normas pedagógicas, métodos educativos y materiales didácticos, así como en los lineamientos técnicos y administrativos establecidos.

2. Apoyar a las áreas competentes de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México en la realización de estudios que tengan por objeto medir los resultados obtenidos en la aplicación de normas, planes y programas de estudio; materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje, así como también la realización de programas de evaluación de la calidad con que se prestan los servicios de educación secundaria técnica en la Ciudad de México.

3. Promover y apoyar la participación del personal docente y directivo, así como también de los padres de familia en los planteles de educación secundaria técnica, a fin de propiciar la participación social en los servicios educativos de su competencia.

4. Aplicar las normas establecidas por las áreas competentes de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, para la organización y control escolar en los planteles de su responsabilidad, así como verificar su cumplimiento en términos de la Ley General de Educación.

5. Operar el programa para la prevención de emergencia escolar, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos, así como desarrollar campañas de difusión orientadas al cumplimiento de estos propósitos en las escuelas públicas y privadas de educación secundaria técnica en la Ciudad de México.

6. Aplicar mecanismos de supervisión para verificar el cumplimiento de la normatividad sobre emergencia escolar y actualizar permanentemente los sistemas de seguimiento e información en las escuelas a su cargo.

7. Estudiar y resolver las solicitudes de autorización para impartir educación secundaria técnica en la Ciudad de México.

8. Vigilar, en términos de la Ley General de Educación y de las demás disposiciones aplicables, que las instituciones incorporadas a la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México que imparten educación secundaria técnica, cumplan con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, substanciar los procedimientos e imponer las sanciones que correspondan.

9. Substanciar los procedimientos y emitir las resoluciones que revoquen o retiren autorización para impartir educación secundaria técnica en los planteles particulares en la Ciudad de México, en coordinación con el área de asuntos jurídicos.

10. Coordinar con la Dirección General de Innovación y Fortalecimiento Académico la aplicación de programas y acciones para el mejoramiento de la calidad de la educación secundaria técnica en el ámbito de su competencia.

11. Participar con las áreas competentes de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México en la ejecución de los procesos de planeación, programación y evaluación educativas, de administración y control escolar, así como de administración de recursos humanos, financieros y materiales.

12. Colaborar con la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación Educativa en el funcionamiento del sistema de información de los servicios de educación secundaria técnica.

13. Promover, en coordinación con otras áreas administrativas de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, acciones encaminadas a la difusión y conocimiento de la ciencia y la tecnología en las escuelas de educación secundaria técnica en la Ciudad de México.

14. Dirigir las actividades de actualización magisterial y superación docente, así como la aplicación del programa de carrera magisterial en la Dirección General, de conformidad con las normas establecidas.

15. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en su poder, previo pago de los derechos correspondientes.

16. Participar en las comisiones, consejos y comités institucionales en el ámbito de su competencia.

17. Dirigir la administración de los recursos financieros, humanos y materiales, así como la capacitación del personal y la prestación de servicios generales de la Dirección General, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos por la Dirección General de Administración.

18. Apoyar y proponer al titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, la celebración de convenios de colaboración con otras instancias públicas y privadas, relacionadas con la educación secundaria técnica.

19. Imponer las sanciones administrativas a los trabajadores adscritos a la Dirección General en los términos previstos en el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, previo dictamen de la Coordinación de Asuntos Jurídicos.

20. Realizar las demás funciones que las disposiciones legales y administrativas le confieran, y las que le encomiende el titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.